Miradas Locales
Configuraciones de los esquemas de derechos de exportación y su impacto sobre la competitividad local. Chaco 2004-2023
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Introducción
El debate en torno a la estructura del régimen de derechos de exportación (retenciones) manifiesta que no existe un consenso amplio sobre cuál es el modo óptimo de establecer las mismas. Las retenciones como instrumento de política comercial de una economía puede atender a más de un objetivo, no solo tiene fines recaudatorios sino que también contribuyen a garantizar el abastecimiento interno a precios inferiores a los internacionales, lo cual produce efectos redistributivos. No obstante, en un análisis estático de equilibrio parcial de oferta y demanda (considerando solo el mercado de un bien), el resultado de aplicar retenciones es una pérdida de eficiencia por la distorsión de precios. A medida que se incrementa la tasa de retenciones se reduce el excedente exportable y aumentan las cantidades ofrecidas al mercado interno, acercándose al equilibrio de economía cerrada al comercio.
Para un mismo producto, las tasas de retenciones son uniformes en todo el territorio nacional. La diferenciación de alícuotas usualmente se practica entre productos. El tratamiento diferenciado para distintos bienes permite fomentar las economías regionales, asumiendo que existen asimetrías entre regiones en cuanto a características geográficas, productivas y grado de desarrollo. Con una estructura de alícuotas diferenciadas se puede brindar acceso al mercado internacional a una variedad más amplia de productos y diversificar el conjunto de bienes exportables a nivel nacional.
Las visiones con mayor énfasis en la eficiencia de los mercados y en evitar distorsionar las señales que envían los precios internacionales y locales abogan por una estructura de retenciones nulas o bajas y uniformes entre productos, de forma tal que los recursos se asignen allí donde las señales de mercado dictan.
La estructura de exportaciones chaqueñas contiene mayormente productos primarios como la soja, el maíz, o el trigo que son también importantes en la escala nacional de exportaciones, pero otra gran parte corresponde a productos de mayor relevancia regional, como el algodón o el extracto de quebracho. Un cambio en el esquema de retenciones tiene un impacto heterogéneo en las exportaciones de cada grupo de productos, afectando el patrón de comercio exterior de la provincia. En este artículo analizamos los cambios en el régimen de retenciones y su impacto tanto en los valores totales exportados de la Provincia del Chaco como en su estructura de productos exportados, integrando algunos aspectos teóricos con lo sucedido en las últimas décadas.
Competitividad regional. El rol de las Retenciones
Numerosos factores inciden en el nivel y la estructura de las exportaciones de una provincia. La infraestructura, las distancias geográficas a los mercados de destino o puertos, los niveles de educación o cualificación de la mano de obra, el stock de capital, la ubicación de los recursos naturales, entre otros, son determinantes de la competitividad de cada región. Del lado de la demanda, el desempeño económico de los países de destino de las exportaciones influye en los precios internacionales, incidiendo en las rentabilidades de los exportadores locales. Castro y Saslavsky (2009) utilizan diversas especificaciones econométricas para cuantificar la relevancia de estos factores en los patrones de comercio exterior de las distintas regiones argentinas. Las heterogeneidades regionales son un aspecto clave en los resultados hallados en dicho trabajo, pues cada uno de los factores determinantes afecta de manera diferenciada a las exportaciones de cada región. Es de esperar que los cambios en el esquema de retenciones también posean heterogeneidad regional en su impacto sobre las exportaciones. Más allá de las subas o reducciones en las alícuotas de derechos de exportación, un cambio de régimen puede tender a alícuotas más unificadas o diferenciadas entre distintos grupos de productos. Un cambio en la alícuota media de retenciones, manteniendo los demás factores sin cambios, afectará los niveles de exportaciones. Por otra parte, un cambio de régimen tendiente a la diferenciación o unificación de alícuotas puede alterar considerablemente la composición de las exportaciones por afectar las rentabilidades relativas de cada bien.
Las exportaciones de cada producto dependen del precio efectivo que reciben los productores, el cual viene dado por el precio internacional en moneda local, ajustado por todas aquellas distorsiones que impiden que se cumpla la ley de un solo precio[1]. Las cantidades del bien que no absorbe el mercado doméstico a dicho precio son exportadas. Esto puede resumirse en una medida de tipo de cambio real efectivo (TCRE) para cada bien o sector, según sea el grado de agregación:
Esta formulación extrae al precio internacional en moneda doméstica de cada producto la alícuota de retenciones y los costos unitarios de transporte (c) hasta el punto de embarque (si la modalidad de exportación es FOB). De esta forma, el numerador aproxima al precio efectivo que recibe el productor y el denominador es un índice de precios domésticos[2].
Las depreciaciones reales (aumento del TCRE) estimulan la producción de bienes exportables dado que aumentan la rentabilidad relativa del sector transable. Sin embargo, lograr que estas depreciaciones sean duraderas es dificultoso en países con mucha volatilidad nominal, pues la respuesta es un aumento de precios de los bienes no transables y salarios que revierte la depreciación real.
Los instrumentos de los que dispone un gobierno nacional para afectar el TCRE, independientemente de su efectividad, son la política cambiaria y la política comercial. Si es un objetivo de la administración central lograr un patrón de comercio exterior que no sólo logre equilibrios externos, sino que también contemple la estructura productiva atendiendo a las heterogeneidades sectoriales y espaciales, debe ajustar los instrumentos de modo que logre diferenciar efectivamente el TCRE entre sectores y regiones. El concepto de estructura productiva desequilibrada (Diamand, 1972) que otorga fundamental relevancia al dualismo sectorial para determinar la orientación exportadora sumado a las asimetrías territoriales que dan lugar a rentas diferenciales de localización son los aspectos claves de la realidad nacional que explican el desempeño tan dispar entre productos, e incluso de un mismo producto entre provincias, en cuanto a su inserción internacional.
El TCRE puede ajustarse a cada producto o sector con tipos de cambio múltiples o con un esquema de retenciones diferenciales. Sin entrar a discutir las diferencias en las dificultades administrativas de cada medida, cabe mencionar que no existe una equivalencia entre ambas. Los efectos fiscales en cada caso son distintos y las distorsiones que producen también (Levy y Rosales, 1996). Ambas han sido aplicadas en Argentina en el periodo post-convertibilidad. A diferencia de los tipos de cambio múltiples, los derechos de exportación no han perdido vigencia desde entonces y se consideran menos distorsionadores como instrumento para alterar rentabilidades relativas. Por estos motivos nos centraremos en los distintos regímenes de retenciones y en cómo han afectado a las exportaciones chaqueñas en niveles y estructura.
Breve resumen de los esquemas de retenciones desde 2002
La imposición de retenciones tiene efectos a corto plazo, impactando en el precio doméstico, producción, demanda interna y recaudación impositiva. Sin ser simplemente un traslado de recursos, las retenciones generan un costo de bienestar, derivado de menores ingresos por exportaciones y beneficios compensatorios por mayor consumo interno. A largo plazo, estas distorsiones afectan negativamente el crecimiento económico entonces es necesario entender las motivaciones de cada régimen para su tratamiento (Garriga y Rosales, 2008).
Por otra parte, las decisiones sobre la manera de fijar las retenciones surgen de complejos procesos de formación de políticas públicas donde intervienen diversos actores con intereses divergentes. El grado de organización entre actores con objetivos comunes y sus recursos políticos permiten ejercer presión sobre la formulación de políticas económicas para favorecer sus intereses, lo cual efectivamente sucede si los aspectos institucionales lo permiten. Bajo esta lógica, las retenciones pueden ser utilizadas para lograr efectos redistributivos progresivos, capturando ganancias extraordinarias de los exportadores durante períodos de precios internacionales elevados, reduciendo el nivel de precios domésticos de los bienes gravados y efectuando transferencias con lo recaudado, pero también puede utilizarse el instrumento para favorecer a determinadas industrias o sectores productivos que ejercen presión actuando coordinadamente en un esquema político-transaccional.
Las justificaciones iniciales para la imposición de gravámenes a las exportaciones pueden encontrarse en la Resolución Nº 11/2002, asignándoles una función compensatoria frente a los desequilibrios fiscales y las exigencias de asistencia social. Dicha normativa establece una herramienta de emergencia con un rol compensador atendiendo a las modificaciones cambiarias, necesidad de ingresos fiscales y de reducción de precios internos contemplando las posibles variaciones de términos del intercambio en los commodities.
Siguiendo a Soltz, Iglesia y Vijoditz (2023), en general podemos distinguir tres grandes períodos de cambios tributarios significativos en materia de comercio exterior entre 2002 y 2022.
En primer lugar se distingue al periodo que va desde la resolución de 2002 hasta 2015. La preocupación por la inflación condujo a un aumento de los derechos de exportación entre 2005 y 2008 como respuesta al incremento de los precios internacionales[3]. Durante este lapso, se estableció un derecho de exportación adicional del 4% para los productos incluidos en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (N.C.M.) correspondientes a semillas y oleaginosas, derivados de origen animal, así como residuos y desperdicios de la industria alimenticia.
Se incrementaron los gravámenes para productos como la leche en polvo, los productos lácteos, las mezclas y otros productos que contenían aceite de soja. También se realizaron modificaciones en el régimen impositivo para el maní, semillas de girasol y otras oleaginosas, así como para grasas, trigo y maíz, mientras que se redujeron las alícuotas en harinas de trigo y preparaciones alimenticias.
Uno de los cambios más significativos en el régimen tributario fue la creación del Fondo Federal Solidario, el cual estaba compuesto por el treinta por ciento (30%) de los montos efectivamente recaudados en concepto de derechos de exportación de soja, en todas sus variedades y derivados. Este fondo tenía como objetivo principal la redistribución solidaria de recursos de origen federal para fortalecer los presupuestos destinados a infraestructura en las provincias y municipios que adhirieron al programa. La provincia del Chaco se benefició con la creación de este fondo, ya que la distribución de los fondos se llevó a cabo de acuerdo con los porcentajes establecidos en la Ley de Coparticipación.
Durante un segundo período (2016-2019) se eliminaron los derechos de exportación para el trigo, maíz, carne, productos regionales, productos industriales y minerales y se redujeron en 5 puntos porcentuales las retenciones a la soja. El gobierno buscó suprimir las restricciones en el sector agropecuario y abordar los problemas en la producción de cereales mediante la reducción de las retenciones como herramienta. A partir de septiembre de 2018, tras la crisis cambiaria, se establece el regreso de las retenciones materializado a través de medidas que establecían alícuotas en el rango de 5% a 12% con un tope nominal por cada dólar obtenido de la exportación de productos agropecuarios.
Finalmente, durante el último periodo (2019-2023) se implementaron nuevos ajustes en el esquema de retenciones, continuando el incremento en la alícuota media que empezó desde 2018. En primer lugar, se elimina el tope nominal fijado por la gestión anterior y se eleva gradualmente la alícuota para el complejo sojero hasta el 33%. Estas medidas se justificaron en función del contexto económico caracterizado por elevados niveles de endeudamiento, una alta tasa de inflación, recesión, un incremento del desempleo y una situación de emergencia alimentaria durante esos años. Simultáneamente, se introdujeron ajustes con el propósito de reducir ciertos derechos de exportación, especialmente para productos provenientes de economías regionales y bienes industriales. El objetivo de estas medidas fue alcanzar el potencial productivo de determinadas economías regionales y aumentar las inversiones, la producción y las exportaciones, con el fin de generar un impacto positivo en el circuito productivo de todas las provincias afectadas.
En septiembre de 2023, como última medida antes del cambio de gobierno, se introdujo una enmienda que contemplaba nuevas eliminaciones y reducciones de los derechos de exportación para productos regionales con el propósito de mejorar la competitividad de todas las economías regionales argentinas.
Bajo el mandato de Javier Milei, a fines de diciembre, el Ejecutivo presentó el documento oficial de la «Ley Ómnibus», que incluía modificaciones en el Capítulo V, denominado «Medidas Fiscales». Sin embargo, este capítulo fue posteriormente eliminado. Dentro de la Sección VI de dicho capítulo se detallaban las disposiciones relativas a los Derechos de Exportación, especificando las alícuotas aplicables a diversos productos según su clasificación en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.).
La normativa fiscal presentada contemplaba una serie de disposiciones relevantes. En primer lugar, se establecía una alícuota del 15% para mercaderías no sujetas a derechos de exportación, con excepciones especificadas en los artículos 203 y 204. Asimismo, se fijaba en un 15% la alícuota para mercaderías gravadas con una alícuota inferior al 15%, con excepciones indicadas en los artículos 202, 203 y 204. En cuanto a los subproductos de la soja, se determinaba una alícuota del 33% para aquellos gravados con un 31%. Se mantenía la vigencia de derechos de exportación para ciertas mercaderías gravadas con alícuotas superiores al 15%, con excepciones especificadas en el artículo 202. Por último, se delegaba en el Poder Ejecutivo Nacional la facultad de ajustar las alícuotas, pudiendo reducirlas hasta el 0% para fomentar el desarrollo sectorial y aumentarlas hasta un máximo del 15% para garantizar la sostenibilidad fiscal, bajo ciertas restricciones.
La importancia del debate sobre las retenciones para cada sector se manifiesta con especial énfasis en el actual contexto económico y político. En aras de reducir el déficit fiscal, el gobierno nacional ha propuesto incrementar las retenciones como medida. En respuesta a ello, gobernadores y legisladores se encuentran inmersos en negociaciones con el Poder Ejecutivo con el propósito de obtener concesiones o modificar el régimen propuesto. Dada la notable dependencia de muchas provincias de un reducido conjunto de productos para sus exportaciones, el impacto de las retenciones adquiere una importancia crucial en la capacidad de dichas regiones para fomentar oportunidades de crecimiento y desarrollo económico. Por consiguiente, comprender los patrones, tendencias y contingencias inherentes a las exportaciones provinciales, así como el efecto de las retenciones impuestas, resulta esencial para un adecuado análisis de las intervenciones públicas.
Efectos sobre el nivel y estructura de exportaciones chaqueñas
Los 3 períodos mencionados en la sección anterior se diferencian en cuanto a los niveles de retenciones y a su grado de diferenciación por productos. Durante 2016 a 2018 rigió un esquema donde los productos de exportación más importantes (exceptuando al complejo sojero) y los productos regionales tenían una alícuota de retenciones de 0%, reduciendo así la tasa media de retenciones para los productos de todas las provincias. Este esquema implica un tratamiento más unificado entre los distintos productos, a diferencia de los periodos 2004-2015 y 2019-2023 donde rigieron alícuotas mayores pero con un tratamiento más diferenciado en aras de no afectar significativamente a la competitividad de las economías regionales.
Durante los últimos 20 años, los distintos esquemas de retenciones han respondido a la dinámica de los precios internacionales, con alícuotas altas en periodos de precios de exportación altos y alícuotas bajas cuando los precios descendieron, aún cuando no haya regido legalmente un esquema de retenciones móviles (alícuotas variables según precios internacionales) en la mayor parte del periodo. El gráfico 1 muestra, para la Provincia del Chaco, la evolución de la alícuota media de retenciones (escala en el eje derecho) junto con la evolución de los precios internacionales de las exportaciones y el valor total exportado (escala en el eje izquierdo normalizada en 2004=100). La dinámica de las exportaciones muestra una leve tendencia ascendente, aunque con oscilaciones muy acentuadas. Por otra parte, los precios de exportación han crecido sostenidamente hasta 2013 con un posterior retroceso de 46% hasta 2017 para luego iniciar un nuevo periodo de crecimiento alcanzando máximos en 2022.
Gráfico 1: Evolución de la alícuota media de retenciones, valor de las exportaciones y precios internacionales. Chaco (2004-2023)
Fuente: Elaboración propia en base a INDEC y Ministerio de Economía de la Nación.
La alícuota media de retenciones muestra variaciones anuales debido a cambios en la estructura de pesos relativos de cada producto en el total exportado. Dicho promedio se obtiene ponderando la alícuota de retenciones que rige para cada producto por la participación de dicho producto en el total de las exportaciones:
Donde representa la alícuota para el bien i en el periodo t y es el peso relativo del bien (exportaciones del producto sobre las exportaciones totales).
El criterio para dividir los periodos es que cada uno se caracteriza por un nivel distinto sobre el que oscila la alícuota media y un grado distinto de diferenciación entre las alícuotas individuales. La tabla siguiente muestra las distintas tasas de retenciones para cada periodo y grupo de productos.
Tabla 1: Esquemas de retenciones según el periodo
Fuente: Elaboración propia en base a Bolsa de Comercio de Rosario y resoluciones oficiales del Ministerio de Economía de la Nación.
En cuanto a la estructura del comercio exterior, la orientación exportadora chaqueña por grandes rubros no ha cambiado en el tiempo. Durante las últimas tres décadas, la exportación de productos primarios ha representado el 76% de las exportaciones totales. Si a los productos primarios le sumamos las manufacturas de origen agropecuario (MOA), representaron el 97,3% de las exportaciones de la provincia en dicho periodo. Las cifras reflejan una estructura de exportaciones más primarizada que la agregada a nivel nacional donde la proporción para exportaciones de productos primarios en el mismo periodo es de 26% y la de productos primarios más MOA es de 66%. Esto implica una gran diferencia respecto al promedio nacional en cuanto al contenido tecnológico de las exportaciones y complejidad económica. No necesariamente estas brechas sirven para diagnosticar dificultades al desarrollo regional dado que pueden ser más bien una consecuencia natural de la geografía y las funcionalidades territoriales. El territorio impone condiciones y toda política pública, ya sea a nivel macro o regional, debe considerar las interdependencias entre regiones y sectores si busca mejorar los desempeños regionales o agregados.
En este sentido, es seguro que ningún esquema de retenciones por sí solo pueda alterar la orientación puramente extractiva de las regiones periféricas. Su combinación con un régimen de transferencias intergubernamentales acorde a las estrategias de desarrollo regional y los sistemas de apoyo pueden complementar las mejoras de competitividad y crear bases productivas más integradas que efectivamente añadan complejidad.
Aunque la estructura primarizada de las exportaciones chaqueñas no se haya alterado, si se han producido cambios en las participaciones de cada uno de los productos primarios. El gráfico 2 muestra, para los distintos períodos, la participación en el total exportado para los grupos de productos que figuran en la tabla 1[4]. Considerando los promedios para los periodos 2004-2015 y 2016-2018, los precios internacionales han caído para todos los productos considerados, en mayor medida los del trigo, sorgo y maíz (caídas en torno al 20%). Sin embargo, estos últimos conforman el grupo de productos que mayor participación ha ganado entre dichos periodos. Por su parte, la participación de la soja se redujo considerablemente (casi a la mitad) y la de los productos regionales disminuyó levemente. Al pasar del segundo al tercer periodo, la participación de los productos regionales cae 7% al ser el único grupo que disminuyó su valor exportado respecto al periodo anterior.
Gráfico 2: Composición de las exportaciones chaqueñas en cada subperiodo
Fuente: Elaboración propia en base a INDEC
Se observa una clara reorientación de la canasta exportadora del Chaco donde los productos de relevancia regional han perdido peso con contrapartida en un aumento de la importancia de productos primarios con anclaje territorial en la zona núcleo[5].
Las variaciones pueden reflejar el hecho de que el cambio en el esquema de retenciones han afectado las rentabilidades relativas en favor de productos como el maíz, trigo, girasol y sorgo, aunque también las diferencias en escalas y tecnología de producción pueden diferir con respecto a otros productos y permitir un ajuste más rápido ante cambios de precios relativos. En este sentido, se puede afectar los retornos relativos dentro de las actividades transables con cambios en el esquema de retenciones, pero la reducción de los riesgos asociados a cada actividad requieren de intervenciones que cumplan con criterios de estabilidad y compromiso como condición necesaria para la realización de inversiones tendientes a la generación de escalas y acumulación de conocimientos productivos.
Finalmente, se presentan algunas estimaciones basadas en especificaciones econométricas con el propósito de aproximarnos a los efectos causados por cambios en la política de retenciones. Para ello se construyen paneles de datos que permiten explorar la doble variabilidad (temporal y por producto) de los factores relacionados con las exportaciones. Cada producto cuenta con su sendero de precios y tasa de retenciones, que impactan de manera diferenciada sobre los montos que exporta la provincia. La exportación de cada producto no solo depende de su propia alícuota y precio, sino que existe cierta interdependencia con los demás en la medida que el productor pueda sustituir su producción y rotar según las condiciones de precios y retenciones vigentes.
Las especificaciones a utilizar son las dos siguientes:
Donde es el tipo de cambio real sin ajustar por retenciones ni otros costos rezagado en un año y es la distancia media a los países de destino de las exportaciones de cada producto. Por su parte, la variable Z contiene controles tendenciales y variables binarias correspondientes a cada producto (método de efectos fijos).
La primera especificación contiene la desventaja de que la alícuota de retenciones para cada producto, cuyo efecto nos interesa aproximar, tiene poca variabilidad en el tiempo dado que se cambian cada ciertos años por decisiones de política económica, lo cual incide en la eficiencia del estimador. Por otra parte, la segunda especificación utiliza una variable binaria indicativa del régimen para evaluar cambios discretos en las alícuotas, con lo cual no estima el efecto del cambio en un punto porcentual de la alícuota, sino el paso de un régimen a otro con esquemas distintos de retenciones. La tabla 2 exhibe los resultados obtenidos para cada especificación. Los datos utilizados provienen principalmente de la base de origen provincial de las exportaciones (OPEX) del INDEC, junto con datos del Ministerio de Economía de la Nación y del Banco Central. Se utilizan 9 grupos de productos que representan más del 90% de las exportaciones (algodón, arroz, carnes, extracto de quebracho, girasol, maíz, trigo, soja y sorgo) con datos del periodo 2004-2023. Estos grupos pueden incluir a su vez productos individuales con alícuotas diferentes. Se utilizan alícuotas promedio para cada grupo.
Tabla 2: Efectos sobre el valor exportado
Nota: Error estándar figura entre paréntesis. Estimadores con *** indican p-valor<0.01, ** p-valor<0.05 y * p-valor<0.1. Cada especificación cuenta con 177 observaciones. Método de estimación utilizado: Efectos fijos. Se utilizan ponderadores de acuerdo a la participación de cada grupo de productos en las exportaciones.
Fuente: Elaboración propia en base a Indec, Ministerio de Economía y BCRA.
La variable de la última fila estima el efecto sobre las exportaciones totales atribuible al cambio de régimen de retenciones de finales de 2015. La eliminación de retenciones (que exceptúa al complejo sojero) redujo en 13 puntos la alícuota media para los productos de exportación del Chaco debido al cambio de alícuotas individuales y también al cambio en la composición de productos exportados. El efecto estimado del cambio de régimen es de casi 40%[6]. Por otra parte, la especificación que incluye a la alícuota de retenciones expresa el efecto de la variación de un punto porcentual sobre las exportaciones. Este efecto (-3,29%) expresa un promedio de la cuantía en que la alícuota para cada producto individual afecta las exportaciones de manera desagregada. Existirán productos más y menos sensibles a cambios en las retenciones (por encima y por debajo de -3,29%)[7].
Ambas estimaciones controlan todos los factores que varían entre los grupos de productos pero que no varían en el tiempo. Aquí podemos mencionar (solo válidamente para el corto/mediano plazo) la ubicación geográfica donde se desarrolla cada actividad al interior de la provincia o diferencias en aspectos tecnológicos y productivos en regiones de lento desarrollo, entre otros. Si se producen transformaciones estructurales en el territorio, nada podemos garantizar sobre la estabilidad temporal de los resultados econométricos, aunque son útiles para aproximar los efectos de modificar el esquema de retenciones en las condiciones actuales.
Comentarios finales
En este artículo se han presentado resumidamente algunos de los aspectos teóricos y de la historia reciente sobre los derechos de exportación en Argentina para integrarlos en un análisis de lo acontecido en materia de comercio exterior para la Provincia del Chaco en los últimos 20 años.
La dificultad para lograr mejoras en la competitividad regional proviene de patrones establecidos que tienden a autorreforzarse, junto con tratamientos fiscales/promocionales uniformes o discriminados en base a criterios que no responden a la heterogeneidad regional. El esquema de retenciones se incluye entre dichos tratamientos y son sus efectos los que hemos analizado. La fijación de las alícuotas corresponde al nivel nacional y el esquema elegido incide sobre la competitividad de todas las regiones. Todo esquema de retenciones que forme parte de un régimen entre cuyas prioridades figure el fomento de las economías regionales y diversificar exportaciones requiere de articulaciones entre niveles de gobierno, actores empresariales y mucho conocimiento técnico, de forma tal que sea posible apreciar las restricciones que impone la realidad territorial.
Si bien las exportaciones chaqueñas siempre han sido de baja complejidad y contenido tecnológico. Los datos analizados muestran que la configuración de comercio exterior del Chaco ha acentuado sus características periféricas, orientando sus exportaciones a productos primarios cuyos centros de transformación se encuentran en el núcleo.
El análisis realizado en este trabajo se restringe al esquema de retenciones y su impacto sobre la competitividad y exportaciones. Un tratamiento más amplio de la competitividad regional requiere considerar los incentivos que otorga el régimen de transferencias intergubernamentales a las provincias en cuanto a la generación de espacios fiscales para acumular capacidades productivas.
Referencias bibliográficas
- Castro, L., & Saslavsky, D. (2008). Cazadores de mercados: comercio y promoción de exportaciones en las provincias argentinas. Fundación CIPPEC.
- Diamand, M. (1972). La estructura productiva desequilibrada argentina y el tipo de cambio. Desarrollo económico, 12(45), 25-47.
- Garriga, M., & Rosales, W. (2008, agosto). “Efectos asignativos, distributivos y fiscales de las retenciones a las exportaciones” (Documento de Trabajo No. 75). Universidad Nacional de La Plata.
- Levy, S., & Rosales, R. (1996). Los tipos de cambio múltiples y el racionamiento de las divisas: la teoría y una aplicación al caso de El Salvador. El Trimestre Económico, 63(250 (2) 1015-1052.
- Soltz, Hernán; Iglesia, María y Vijoditz, Paula (2023). “Los derechos de exportación en Argentina: evolución histórica y situación actual”. Serie Plan Estratégico 2021-2025. Administración Federal de Ingresos Públicos.
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[1] La ley de un solo precio establece que, en ausencia de barreras comerciales; costos de transporte; competencia imperfecta y con información perfecta, P=EP*. Donde P es el precio doméstico, E es el tipo de cambio nominal y P* es el precio internacional. Dado que ninguno de los supuestos se cumple en la mayoría de los casos, el levantamiento de dichos supuestos sirve para racionalizar las diferencias existentes en los niveles de precios entre países.
[2] Puede utilizarse aquí un índice de salarios de la economía o del sector para reflejar la competitividad de las exportaciones.
[3] Al llegar el año 2008, con la resolución 125/08 del Ministerio de Economía de Argentina, se dispuso un régimen que ajustaba la alícuota de retenciones a las exportaciones de granos según la variación de los precios internacionales. A mediados del mismo año fue dejado sin efecto luego de su tratamiento legislativo.
[4] En la categoría “Otros” se agrupan a los demás productos exportados que individualmente representan una muy baja participación.
[5] La disminución del Índice de Complejidad Económica del Chaco en los últimos años es atribuible a los cambios en la composición de la canasta exportadora.
[6] Más exactamente, pasar del régimen de retenciones de 2004-2015 al de 2016-2018 implica un efecto de 48% = exp(0.3925) – 1. La cifra 39,25% puede entenderse como la diferencia de exportaciones entre regímenes sin importar si pasamos del primero al segundo o del segundo al primero.
[7] No se estiman en el presente trabajo dado que se requiere un panel más extenso (periodos más largos o mayor desagregación por producto) a fin de conservar grados de libertad aceptables.