Ilustraciones del mecanismo REDD+. ¿Desarrollo sostenible o sostener el modelo de desarrollo?

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Ilustraciones del mecanismo REDD+. ¿Desarrollo sostenible o sostener el modelo de desarrollo?


Por: María Noelia Ordenavía, Paola Gevaerd Bernal, y Winnie José Narváez Herrera
Tramas images Ilustraciones del mecanismo REDD+. ¿Desarrollo sostenible o sostener el modelo de desarrollo?  Revista Tramas

El caso de sitios piloto para su implementación en el departamento General Güemes de la provincia de Chaco

 

Resumen

Este trabajo analiza una experiencia de ensayo de implementación de herramientas del programa REDD+ (Reducción de Emisiones de la Deforestación y la Degradación de los Bosques y promoción de su Conservación de Naciones Unidas) en el departamento General Güemes de la provincia de Chaco, Argentina, en el año 2016. Para ello se optó por una metodología cualitativa a partir de un estudio de caso, comparando las demandas externas con las del territorio. Se utilizaron técnicas de observación participante, entrevistas en profundidad y revisión de documentos.

El programa REDD+ tiene como objetivo preparar a los estados de los países considerados en desarrollo para enfrentar los efectos del cambio climático derivados de la deforestación a través de incentivos económicos, a modo de establecer un sistema replicable a nivel nacional, utilizando fondos de la Ley de Bosques (LB).

Hallamos que las instituciones locales analizadas se encontraron enmarcadas por regulaciones globales adecuando la estructura burocrática del Estado a las demandas externas, desplazando las prácticas locales por actividades extractivas exportadoras, propias de los países dependientes.

 

Introducción

Tanto en Argentina como en América Latina, las relaciones con el mundo estuvieron cercadas históricamente en las dinámicas de acumulación por desposesión de los recursos naturales (Harvey, 2005). En los siglos XX y XXI, el control por parte de los países del centro se basó en la demanda de recursos naturales, asumiendo los costos sociales y ambientales. La lógica de este modelo económico se sustenta en el “modelo sojero de desarrollo” (Harvey, 2005) basado en el crecimiento de los agronegocios (Giarracca y Teubal, 2008). Estos procesos neocoloniales (Sousa Santos, 2006) se apoyan en el “cientificismo-tecnológico”, una de las herramientas fundamentales, junto con la geopolítica de los recursos naturales y el paradigma del desarrollo, que han dado un nuevo impulso al capitalismo global en las últimas décadas (Ceceña y Sader 2002; Teubal, 2006). La acumulación en base a la explotación de los recursos naturales y la consecuente expansión de la frontera agropecuaria intensificó la presión sobre los territorios de Argentina y América Latina, que aún conservan sus bosques nativos. El problema de ello es que supone la existencia de recursos naturales ilimitados, lo que generó graves consecuencias ambientales a nivel mundial.

A partir de allí, los organismos internacionales crearon agendas y herramientas destinadas a “colaborar” con la crisis climática. Una de estas herramientas es el mercado de carbono, un mecanismo de precios que busca funcionar como una medida común, convertible en carbono, de las distintas emisiones de gases de efecto invernadero (GEI). El objetivo es cuantificar el valor económico de las emisiones de GEI y compensarlas a través de capital; de esta manera el mercado de crédito de carbono crece.

En el Acuerdo de París de 2015 (Art. 6) y los acuerdos del G20, se encuentra desarrollado este objetivo vinculado a las “finanzas climáticas” y a la canasta de las monedas que calcula las unidades de medida del FMI y del Banco Mundial (Schneider, H.; Taboulchanas, K.; Scardamaglia, V. & Barragán, 2017). Estas son las encargadas de determinar cómo se traducen las deudas externas de los países en la estructura del capital financiero. Así, el discurso del carbono figura en el centro de las discusiones del capital financiero internacional a partir de las presiones por una “tasa de cambio más justa” desde los países llamados subdesarrollados, principalmente los BRICS. Una vez que el carbono se establezca como una referencia de precios, será utilizado para comparar las economías, las inversiones y su rentabilidad.

En el Acuerdo de París, los países se comprometen a no superar los 2°C de calentamiento global (Art. 2), a partir de distintos mecanismos de reducción y compensación[1]. Este sistema supone que el modo de producción actual es viable si se compensan los daños sociales y ambientales de forma material y/o artificial, incluso en otras partes del mundo, a través de la incorporación del concepto de “neutralización de la emisión”, una especie de balanza ecológica mundial (Moreno, Fuhr, & Speich Chassé, 2016).

Si bien Argentina aún no entró al mercado de carbono, a partir de 2010 se inicia, de la mano de GEF, la experiencia de sitios piloto para la futura implementación de REDD+ a través del programa ONU RED Argentina. El objetivo fue ensayar mecanismos de Pagos por Servicios Ecosistémicos (PSE) por absorción de carbono, de modo de establecer un sistema replicable a nivel nacional, utilizando fondos de la LB. Las provincias piloto fueron Chaco, Formosa, Misiones y Entre Ríos. En la provincia de Chaco, las decisiones administrativas y de coordinación del desarrollo del proyecto estuvieron centralizadas sin tener en cuenta las relaciones y realidades sociales del territorio, brindando escasa información a los participantes, inclinándose mayormente por un sistema de políticas de carácter “top-down” (de arriba hacia abajo) (Manzanal, 2007). Las principales prácticas sostenibles de producción estuvieron concentradas en territorios de paisajes productivos, sin proponer cambios en la dinámica del modelo productivo vigente.

 

Procedimiento de implementación de REDD en Argentina

REDD es un mecanismo financiero, creado en el marco de la Convención Marco de Naciones Unidas para el Cambio Climático (CMNUCC), que busca proteger los recursos forestales de países en desarrollo mediante incentivos económicos positivos. Dicho mecanismo pasó por un largo proceso de construcción, caracterizado por grandes expectativas, pero también por fuertes polémicas y disputas (Cuellar, Nerson; Davis, Andrew; Kandel 2013). Los inicios de este proceso datan del 2005, en la COP8 de Montreal, donde Papúa Nueva Guinea y Costa Rica solicitaron a la Convención incluir un nuevo tema en la agenda: la “Reducción de las Emisiones de la Deforestación”. Allí se dio inicio de un proceso de dos años que implicó negociaciones, dos talleres y una decisión borrador. En 2007, en la COP13 de Bali, se acordó el Plan de Acción de Bali, que prevé que los países no-Anexo I9 emprendan NAMAs10 medibles, reportables y verificables; se introducen las actividades REDD+ (plus), los lineamientos sobre las actividades demostrativas, y los lineamientos metodológicos tempranos. La importancia de Bali radica en la incorporación del adjetivo de plus (+), que se adoptó en la Decisión 1/CP.13 (PAB), en la cual se reconoce la relevancia que poseen, además de la reducción de emisiones derivadas de la deforestación y degradación de bosques (REDD) propiamente dicha, los co-beneficios sociales. A partir de allí se asigna una gran importancia al componente social de las comunidades originarias y de criollos que habitan las tierras. En 2009, en la COP15 de Copenhage, se acordó la Guía metodológica sobre actividades REDD+, incluyendo sistemas nacionales de monitoreo forestal requeridos para la reducción de emisiones de GEI de las actividades forestales. En 2010, en la COP16 de Cancún en los “Acuerdos de Cancún”, se acordaron los lineamientos sobre el alcance y la implementación de actividades REDD+, incluyendo sistemas nacionales de monitoreo de bosques requeridos para monitorear y reportar las actividades; y las salvaguardas 11 de REDD+. En 2011, en la COP17 de Durban, se acordaron los lineamentos sobre nivel de referencia de emisiones forestales y niveles de referencia forestales para actividades REDD+; y los sistemas de información sobre salvaguardas REDD+. En 2012, en la COP18 de Doha, se acordó el Programa de trabajo para financiamiento basado en resultados a ser resumido en la COP19. Inicio de trabajo en mecanismos de no mercado y lineamientos metodológicos para beneficios no provenientes de carbono (beneficios no-asociados al carbono) o “co-beneficios”. Finalmente en 2013, en la COP19 de Varsovia se considera que quedó delimitado completamente, “representa la culminación de un proceso de negociación que inició en 2007 y que resultó en la adopción un esquema voluntario de financiamiento para fomentar e incentivar acciones de mitigación en países en desarrollo” (Estrada, 2017:8). Allí se adoptaron las siete decisiones que fueron conocidas como el “Marco de Varsovia para REDD+”, a saber: 1. Programa de trabajo sobre la financiación basada en los resultados para avanzar en la plena realización de las actividades REDD+12 (Decisión 9/CP. 19). Coordinación del apoyo a la realización de actividades relacionadas con medidas de mitigación en el sector forestal por parte de los países en desarrollo, incluidos los arreglos institucionales (Decisión 10/CP.19).Modalidades de los sistemas nacionales de vigilancia forestal (Decisión 11/CP.19). Calendario y frecuencia de la presentación del resumen de la información sobre la forma en que se están abordando y respetando todas las Salvaguardas de Cancún 13 (Decisión 12/CP.19). Directrices y procedimientos para la evaluación técnica de las comunicaciones presentadas por las Partes sobre los niveles de referencia de las emisiones forestales y/o los niveles de referencia forestal propuestos (Decisión 13/CP.19). Modalidades para la medición, notificación y verificación (Decisión 14/CP.19). Lucha contra los factores impulsores de la deforestación y la degradación forestal (Decisión 15/CP.19) (PNUMA, 2015:19).

Así, REDD+ contempla cinco actividades, a los efectos de la Convención 14: Reducción de la Deforestación, Reducción de la Degradación, Conservación, Manejo Sostenible de los Bosques, y Aumento de los stocks forestales de carbono. Por último, los requisitos de REDD+, comúnmente conocidos como los pilares o elementos operacionales clave, son cuatro: 1). Estrategia nacional o plan de acción para REDD+; 2). Determinación de los niveles de referencia de emisiones forestales y/o niveles de referencia forestales (inventario de bosques y tasa de deforestación); 3). Sistemas nacionales de monitoreo forestal sólidos y transparentes para el monitoreo y la presentación de informes sobre las actividades de REDD+; 4). Sistema de información de Salvaguardas (SIS). En el esquema de pago por resultados del Marco de Varsovia, las reducciones de emisiones e incrementos de acervos de carbono forestal registran el origen de las emisiones ni pueden ser usadas por quienes realicen los pagos por resultados para el cumplimiento de compromisos de mitigación. Tampoco existe un registro de las reducciones de emisiones, solo un portal de información (el “REDD+ info hub”) donde figura la información de los resultados logrados por los países, el volumen por el que se hubieran realizado pagos por resultados y sus fuentes de los mismos (Estrada, 2017). El Acuerdo de París fue logrado en la COP 21, realizada en Francia en el año 2015.

Argentina depositó el instrumento de ratificación en 2016, el cual fue aprobado por la Ley 27.270, del 19 de septiembre de 2016. La particularidad de este acuerdo en las Contribuciones Nacionales Determinadas es que son compromisos voluntarios los que cada país toma para contribuir en la lucha por el cambio climático. El nacimiento y desarrollo de REDD+ como una herramienta de mitigación del cambio climático se produjo sin integrar propiamente el texto de la Convención ni del Protocolo de Kioto. El Acuerdo de París, sin embargo, si bien no es mencionado de forma particular el nombre de REDD+, en su Artículo 5 establece que las partes deben adoptar medidas para la conservación y/o deposito de emisiones[2].

Es decir, REDD+ implica: pagos por resultados, con las cinco actividades REDD y la importancia de los co-beneficios más allá del carbono. La COP 22 en Marrakesh 2016, tuvo como objetivo fundamental preocuparse de la implementación del Acuerdo de París. Las decisiones adoptadas se refieren a los bosques de manera particular en dos apartados. En la Decisión 8/CP22, el Comité Permanente de Financiación, reitera que, dentro del plan de trabajo 2017, el Comité integrará al financiamiento de bosques. Y la Decisión 10/CP22, el Fondo Verde para el Clima, insta a la Junta a que concluya sin dilación su labor relacionada con la orientación de la Conferencia de las Partes sobre la financiación para los bosques conforme a lo dispuesto en la decisión 7/CP.21, párrafos 23 a 25. Por lo  tanto, quedó claro en la COP 22, que una de las preocupaciones, era financiamiento de las acciones relacionadas a bosques (Cordella, 2017:92). Por último, recordemos que las fuentes de este financiamiento para REDD+ pueden ser bilaterales y multilaterales, públicas y privadas, y pueden incluir el uso de mercados de carbono; aunque hasta el momento esta opción no se ha desarrollado bajo la CMNUCC.

En paralelo (y en respuesta) a las negociaciones sobre un mecanismo global para REDD+ bajo la CMNUCC, muchas iniciativas intergubernamentales y multilaterales han sido establecidas con el objetivo de facilitar el establecimiento de las bases para implementar REDD+ en los países en desarrollo. Algunas de estas iniciativas incluyen además programas o componentes de pagos por resultados por REDD+. Tal es el caso de, por ejemplo: el Fondo Cooperativo para el Carbono de los Bosques (FCPF por sus siglas en inglés), a través del Fondo de Carbono (CF); la Iniciativa sobre Clima y Bosques de Noruega; el programa REDD Early Movers (REM) de Alemania (Estrada, 2017); el Programa de Inversión Forestal (PIF) del Banco Mundial a través del Fondo para el Medio Ambiente Mundial (PNUMA, 2015); y el Programa ONU-REDD.

Este último es la iniciativa de colaboración de las Naciones Unidas en relación a la Reducción de las Emisiones debidas a la Deforestación y la Degradación de los Bosques en los Países en Desarrollo (PNUMA, 2015), creada en 2008 con la intervención de FAO, PNUD y PNUMA. Su objetivo general es generar capacidades en los gobiernos y actores claves para la preparación e implementación de REDD+, es decir, etapas uno y dos. Fue el mecanismo elegido por Argentina, quien comenzó su ejecución el 15 de julio de 2015. Tiene como objetivo preparar al país para REDD+, esto es, alcanzar la meta de conformar los cuatro compontes operacionales o pilares Marco de Varsovia (Estrategia Nacional o Plan de Acción, Nivel de Referencia, Sistema Nacional de Monitoreo de Bosques Nativos y Sistema de Información sobre Salvaguardas), con mayor énfasis en los procesos participativos con actores relevantes, tanto nacionales como sub-nacionales.

La dirección del programa, en un primer momento, se dio de una manera bastante aislada con respecto a lo que ya venía sucediendo en Argentina hacía ocho años, a partir de la implementación de la Ley 26331; luego, a lo largo de los primeros dos años y con la implementación de los procesos participativos federales, pudo observarse un avance en la integración de la planificación y resultados del Programa Nacional ONU REDD, con la política pública nacional en materia de bosques y cambio climático. Fueron realizados diversos estudios para dar contenido a esos 4 pilares de REDD+ mencionados. Los principales fueron: Estudio de Causas de la Deforestación y Degradación Forestal, Escenarios Espaciales Futuros de Deforestación, Costos de Oportunidad para REDD+ y estudio sobre beneficios sociales y ambientales del bosque en el marco de REDD+. A partir de los resultados en cuanto a causas de la deforestación, el Programa Nacional ONU-REDD ha concluido priorizar las provincias de Santiago del Estero, Formosa, Chaco, Salta y Misiones.

El Plan Nacional de Bosques y Cambio Climático (PNBCC) se diseñó a partir de un marco regulatorio y estructuras de gobernanza ya existentes y en funcionamiento: el Gabinete Nacional de Cambio Climático (Decreto 891/2016); el Consejo Federal de Medio Ambiente (cuya Acta Constitutiva y Pacto Federal Ambiental fue ratificado por la Ley de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental N° 26.675); y los lineamientos estratégicos y políticas forestales conducidos por la Dirección de Bosques del MayDS y en el marco de implementación de la Ley 26.331 (UN-REDD, 2017:34). Todo, como parte de las acciones del gobierno tendientes a “promover un desarrollo sustentable”, dando cumplimiento a los compromisos internacionales asumidos en materia de cambio climático. A través de la misma, el país establece la meta de no exceder la emisión neta de 483 millones de toneladas de dióxido de carbono equivalente (MtCO2eq.) en el año 2030. El PNABCC contiene la meta de reducción de emisiones sectorial y hojas de ruta de las medidas de mitigación de la Contribución Nacional, donde se describe el posible camino de implementación de las mismas, identificando desafíos y necesidades. Así, el objetivo general del PANByCC se plasma en los objetivos específicos de adaptación y mitigación,  con ejes estratégicos que se dividen en cinco ejes estructurales y cinco ejes operativos. Los Ejes estratégicos operativos son acciones que representan intervenciones directas sobre los bosques nativos y por lo tanto pueden traducirse en una cuantificación de reducciones de emisiones de gases de efecto invernadero. Ellos son: Ordenamiento territorial (OT); Uso sostenible del bosque; Conservación en paisajes productivos; Restauración y recuperación; Prevención de incendios forestales. Cada eje tiene una o más medidas de mitigación asociadas, entre las cuales pueden destacarse las siguientes: Deforestación evitada (contabiliza reducción de emisiones para el eje estratégico operativo del OT); Manejo de Bosques con Ganadería Integrada (Manejo Silvopastoril Sostenible) y de Manejo (Aprovechamiento) Forestal Sostenible (contabilizan reducción de emisiones para el eje estratégico operativo del Uso sostenible del bosque); etc. (MAyDSN, diciembre 2017).

 

el país establece la meta de no exceder la emisión neta de 483 millones de toneladas de dióxido de carbono equivalente (MtCO2eq.) en el año 2030.

 

El PNBCC se articuló en la estructura de gobernanza ya lograda en el marco de la Ley 26.331 (de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos- LB), por ello, y si bien excede a REDD+, consideramos necesario referirnos a ella a fin de comprender, a partir del ejemplo de Argentina, cómo opera REDD+ en los estados, a la hora de establecer las famosas “hojas de ruta”.

Previa y paralelamente a todo el contexto internacional (y nacional) hasta aquí descripto, la LB fue producto del propio desarrollo de la política forestal ambiental Argentina, que no fue ajeno a lo ocurrido en el contexto internacional. Fue sancionada el 28 de noviembre de 2007 “en respuesta al intenso proceso del cambio de uso de la tierra en las últimas décadas, debido principalmente al avance de la frontera agrícola” (UMSEF, 2016). La LB impone a las jurisdicciones la obligación concreta de dictar sus OTBN y la refuerza con una doble vía: por un lado la prohibición de realizar desmontes, y por otro el incentivo de no otorgarles el FNECBN hasta tanto ello se cumplimente con las sanciones de los OTBN provinciales.

Los OTBN son mapas en los que se divide el territorio provincial en 3 categorías de conservación: l, ll y ll. En la categoría l, los bosques no pueden transformarse ni someterse a ningún tipo de aprovechamiento; en la categoría ll, pueden someterse a aprovechamientos acorde a un plan de manejo, sin que implique trasformación (desmontes). Estas zonas en general se destinan a la silvicultura y a la ganadería, y en la categoría lll, pueden transformarse parcialmente, acorde a estándares técnicos. Esta es la zona destinada al avance de la frontera agrícola. Finalmente, el Art. 30 de la ley crea el Fondo Nacional para el Enriquecimiento y la Conservación de los Bosques Nativos (FNECBN), con el objeto de compensar a las jurisdicciones que conservan los bosques nativos por los servicios ambientales que estos brindan. El mismo consiste en aportes no reintegrables, destinados tanto a los tenedores de la tierra como a las jurisdicciones para su fortalecimiento institucional. El instrumento económico asiste a grupos socio-económicos productores y comunidades con alto arraigo cultural que tienen al bosque como modo de vida. Por otro lado, la capacidad institucional, mediante el fortalecimiento de las jurisdicciones (en cuanto a tecnología y capacidades humanas) para posibilitar la asistencia técnica fiscalización y control al gran sector económico agropecuario y foresto-industrial que presiona al bosque con el avance de la frontera agropecuaria.

 

¿Desarrollo sostenible o sostener el desarrollo?

En Argentina, al “boom de los commodities” le siguió un proceso de ambientalización de las luchas sociales (Svampa, 2017). Sin embargo, para que esas luchas tuerzan hacia una conquista popular emancipadora, su fortaleza no puede estar asociada a la estructura y dinámica de los sistemas institucionales internacionales.

En el caso de REDD+, ello puede observase en las exigencias de los estándares de calidad de las herramientas de gestión de los bosques nativos que los países deben cumplir para acceder al financiamiento a través de pagos por resultados. Los estándares guían la política pública ambiental forestal, a través de una “hoja de ruta” que permite acceder a la disponibilidad del crédito para el desarrollo de la agricultura manteniendo una serie de criterios a discreción de los países ejecutores (Loft et al., 2017; Williams y De Koning, 2016). No obstante, las necesidades y preferencias de estos últimos están guiadas por intereses propios de la forma de acumulación y el carácter dependiente de los países periféricos, principalmente la rentabilidad de cultivos para exportación.

 

para que esas luchas tuerzan hacia una conquista popular emancipadora, su fortaleza no puede estar asociada a la estructura y dinámica de los sistemas institucionales internacionales.

 

Además, los acuerdos de REDD+ no son previos a la implementación de los 4 pilares de REDD+, sino posteriores, gestándose una vez que fue posible realizar los procedimientos de monitoreo, verificación y reportes. Ello da cuenta de la imparcialidad de la relación, ya que el hecho de alcanzar los resultados y posteriormente recibir los pagos se encuentra sujeto a la discrecionalidad de un grupo de países nucleados bajo la Organización de las Naciones Unidas. De esta manera, establecen la forma de gestionar los recursos naturales a cambio de herramientas que resulten atractivas para el sector concentrado que lleva adelante la explotación de los mismos.

Como vimos, tanto REDD+ como la política pública ambiental nacional en Argentina (Ley 26.331) han surgido, al menos en la teoría, en respuesta a la conflictividad socioambiental que el modelo extractivista del agronegocio representa en el marco de un consenso generalizado de la comunidad internacional.

Entendemos que estos marcos institucionales no cuestionan la causa, sino más bien generan las condiciones para que el modelo de acumulación siga reproduciéndose, al desplazar las luchas territoriales ecológicas bajo una estrategia de “desarrollo sustentable”. Ello no significa que los Estados Nacionales se encuentran subsumidos en una suerte de callejón sin salida, sino mas bien se trata de herramientas de persuasión guiadas por la lógica de la acumulación de capital a escala global y la especialización productiva de los países considerados en desarrollo a escala local.

estos marcos institucionales no cuestionan la causa, sino más bien generan las condiciones para que el modelo de acumulación siga reproduciéndose, al desplazar las luchas territoriales ecológicas bajo una estrategia de “desarrollo sustentable”

 

Conclusión

En base al análisis de la experiencia del ensayo de implementación de herramientas del programa REDD+ en Argentina, este artículo advierte que los mecanismos burocráticos para llevar adelante este programa proponen avanzar sobre un modelo de crecimiento basado en el agronegocio. Por ello entendemos que se encuadra dentro de las falsas soluciones de mercado que permiten a capitales extranjeros institucionalizar el avance de la frontera agrícola en los países con abundancia de recursos naturales boscosos.

En términos sociales, su implementación perpetua las dinámicas desplazantes, ya que el territorio, incluyendo espacio y actores, como impulsor del desarrollo, se encuentra ausente en la experiencia de ensayo de las herramientas del programa REDD+. Los actores y sus medios de vida a pesar de ser definidos como protagónicos y prioritarios, no acceden de manera justa a la información, y su participación es reducida a la responsabilidad de cambiar prácticas productivas para mejorar las condiciones de rentabilidad de la tierra.

Si prospera la implementación de REDD+, los pagos por captura de carbono permitirán abrir nuevas fuentes de negocios; el acceso al uso de las tierras no estaría restringido, sino condicionado a compensaciones por contaminación, que tienen como fin incrementar una masa de capital que cotiza en el mercado de valores para luego reinsertarse en la dinámica. Entendemos que este esquema de incentivos basados en la métrica del carbono logra profundizar la lógica del crecimiento infinito sin cuestionar los modos de producción de los países que basan su economía principalmente en la comercialización de recursos naturales.

 

este esquema de incentivos basados en la métrica del carbono logra profundizar la lógica del crecimiento infinito sin cuestionar los modos de producción de los países que basan su economía principalmente en la comercialización de recursos naturales.

 

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[1] Dentro de los mecanismos de compensación se encuentran las emisiones líquidas, carbon sequestration o “emisiones netas”, a través de las cuales los países pueden aumentar las emisiones de un sector mientras se comprometan a compensarlas o paguen por ellas. Otro de los mecanismos pactados para la reducción de emisiones es el de “emisiones evitadas”, dirigidas a realizar proyecciones de las emisiones que tendrán las formas de producción actuales, solicitándose un pago por no realizarlas, que luego es utilizado para fondear nuevas inversiones.

[2] “Artículo 5: 1. Las Partes deberían adoptar medidas para conservar y aumentar, según corresponda, los sumideros y depósitos de gases de efecto invernadero a que se hace referencia en el artículo 4, párrafo 1 d), de la Convención, incluidos los bosques. Se alienta a las Partes a que adopten medidas para aplicar y apoyar, también mediante los pagos basados en los resultados, el marco establecido en las orientaciones y decisiones pertinentes ya adoptadas en el ámbito de la Convención respecto de los enfoques de política y los incentivos positivos para reducir las emisiones debidas a la deforestación y la degradación de los bosques, y de la función de la conservación, la gestión sostenible de los bosques, y el aumento de las reservas forestales de carbono en los países en desarrollo, así como de los enfoques de política alternativos, como los que combinan la mitigación y la adaptación para la gestión integral y sostenible de los bosques, reafirmando al mismo tiempo la importancia de incentivar, cuando proceda, los beneficios no relacionados con el carbono que se derivan de esos enfoques”.

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